martes

PREGUNTAS Y RESPUESTAS SOBRE LA DGOJ



¿Que pasa con los dominios .com y .es?

El día 1 de Junio con la concesión de las licencias, automáticamente el regimen sancionador se activaba lo que significaba que era ilegal operar si no tenias licencia. Pero unos dias se anunció que el regimen sancionador no comenzaría ha aplicarse hasta el día 15 de Junio, además se retraso la puesta en marcha de los dominios .es al dia 5 de Junio. Con este panorama todo hace indicar que durante los próximos 10 días coexistirán los dominios .com y .es.

El pasado día 1 de Junio se otorgaron las licencias de juego Online a las empresas que lo solicitaron en su día. La DGOJ puso como fecha de inicio de la normativa el día 5 Junio, así que mañana todos los operadores con licencia deberían empezar a operar con sus dominios .es con normalidad. Pero como vivimos en España ni está claro que mañana todos los operadores empiecen con su dominio .es, ni esta claro que se retrase el régimen sancionador al día 15 ni esta claro como será el proceso de migración de usuarios. El problema es que ni esta claro para usuarios, afiliados, casas de apuestas y salas de poker y me imagino que ni para el gobierno que lo único que ha conseguido hasta el momento es sembrar el caos en todas las personas que está metidas en este sector.

¿Que pasa con los dominios .com y .es?

El día 1 de Junio con la concesión de las licencias, automáticamente el regimen sancionador se activaba lo que significaba que era ilegal operar si no tenias licencia. Pero unos dias se anunció que el regimen sancionador no comenzaría ha aplicarse hasta el día 15 de Junio, además se retraso la puesta en marcha de los dominios .es al dia 5 de Junio. Con este panorama todo hace indicar que durante los próximos 10 días coexistirán los dominios .com y .es.
El jueves 31 la DGOJ publicaba una nota aclaratoria en la que impedia el traspaso de las cuentas .com a .es.
3º. Que la apertura de un registro de usuario bajo «.es» no está en modo alguno condicionada por la prexistencia de una cuenta de juego bajo «.com», ni puede reconocerse la posibilidad de trasladar al registro de usuario bajo «.es» ningún tipo de obligaciones o derechos prexistentes vinculados una eventual cuenta bajo «.com». En consecuencia, los nuevos registros de usuario bajo «.es» y, en particular, las cuentas de juego a ellos vinculadas, no pueden incorporar ningún tipo de derecho u obligación que traiga causa de un eventual y anterior vínculo entre el participante y una entidad respecto de la que el operador de juego mantuviera o pudiera mantener algún tipo de relación comercial o societaria.

Lo cual significaba que los usuarios serían nuevos en los dominios .es con todo lo que ello implicaba (perder su afiliación, recuperar el status de usuario nuevo y tener acceso a bonos de bienvenida, perder las limitaciones, perder el estatus de VIP,etc…). Además obliga a los usuarios a retirar su dinero de los dominios .com. Un proceso que se antoja difícil llevar a cabo en 4 días sobre todo teniendo en cuenta la desinformación del usuario final. Quizás por eso el aplazamiento del régimen sancionador hasta el dia 15, todos ganan tiempo.

No hay comentarios:

Publicar un comentario